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PLACAS DE MATRICULA

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Matrícula homologada

Matrículas automovilísticas de EspañaEl tema 24(*) de la DGT  recopila los requisitos que debe de cumplir las placas de matrícula homologadas: Sobre sus dimensiones, lo que debe llevar inscrito, las características que debe de reunir según el Reglamenta General de Vehículos RGV y la documentación necesaria para matricular un coche y expedir las placas de matriculación.

3.1. HOMOLOGACIÓN, CARACTERES, DIMENSIONES Y OTROS REQUISITOS
El artículo 49 del RGV establece que las placas de matrícula deben corresponder a tipos homologados, conservar su poder retrorreflectante y ser visibles y legibles. Los aspectos concretos de las placas, dimensiones, inscripciones, etc. están detallados en el Anexo XVIII del RGV. 

Talleres Chosen es un taller homologado para realizar placas de matrícula , desde nuestra fundación contamos con esta homologación que nos habilita para expedir placas de matrículas homologadas para vehículos, remolques y semirremolques, excepto motos y motocicletas. Consúltenos.

Duplicamos placas de matrícula moderna, la que lleva la letra E sobre fondo azul y el circulo de estrellas. La antigua que llevaba la inicial de la provincia cuatro números y dos letras.

Las placas de matrícula en Talleres Chosen las duplicamos al momento. debe de aportar la siguiente documentación: DNI, PERMISO DE CIRCULACIÓN, TARJETA DE INSPECCIÓN TÉCNICA. Nosotros nos encargamos de hacer las fotocopias que debemos tramitar como establece la normativa de homologación. 

Las placas de matrícula se deben encontrar en buen estado, No se arriesgue a ser sancionado por este motivo, con el paso del tiempo, o los golpes que dan a nuestro coche aparcado, o en un siniestro puede ser necesario duplicar su placa o placas de matrícula, Le recomendamos que lo realice en nuestro taller, utilizamos placas de primera calidad y reúnen todos los requisitos de homologación que establece el RGV 


(*) Tema 24 DGT
OEP 2013
Especialidad: Gestión administrativa del tráfico
Elaborado en 2011


TEMA 24

MATRICULACIÓN ORDINARIA DE VEHÍCULOS. TRÁMITES Y DOCUMENTOS. PLACAS DE MATRÍCULA. EL REGISTRO DE VEHÍCULOS. ARRENDATARIOS A LARGO PLAZO Y CONDUCTORES HABITUALES. LAS RESERVAS DE DOMINIO Y OTRAS LIMITACIONES A LA FACULTAD DE DISPONER. NULIDAD, ANULACIÓN, PÉRDIDA DE VIGENCIA Y SUSPENSIÓN CAUTELAR DE LAS AUTORIZACIONES DE CIRCULACIÓN. MATRICULACIÓN TELEMÁTICA Y ORDEN 2536/2006, DE 26 DE JULIO, POR EL QUE SE REGULA EL SOPORTE ELECTRÓNICO DE LA TARJETA ITV.

3. PLACAS DE MATRÍCULA

Los art. 62 de la Ley de Seguridad Vial, y 25 del RGV, recogen la obligación de que “para poner en circulación vehículos a motor, remolques y semirremolques de masa máxima autorizada superior a 750 kg., será preciso matricularlos y que lleven las placas de matrícula con los caracteres que se les asigne, del modo que se establece en el anexo XVIII del RGV. Esta obligación será exigida a los ciclomotores de acuerdo con lo que se determina en el art. 28 del RGV
3.1. HOMOLOGACIÓN, CARACTERES, DIMENSIONES Y OTROS REQUISITOS
El artículo 49 del RGV establece que las placas de matrícula deben corresponder a tipos homologados, conservar su poder retrorreflectante y ser visibles y legibles. Los aspectos concretos de las placas, dimensiones, inscripciones, etc. están detallados en el Anexo XVIII del RGV.
El control de la expedición de placas de matrícula se lleva a cabo a través del denominado: número de manipulador, asignado por los fabricantes de las placas e inscrito en las Jefaturas en el Registro de Manipuladores. Dicho número se troquelará en todas las placas en el centro del borde izquierdo, en posición vertical, sin cubrir ni pintar.
Queda prohibido que en las placas de matrícula se coloquen, inscriban o pinten adornos, signos u otros caracteres distintos de los recogidos en el Anexo XVIII, incluida la publicidad en el interior de las mismas. Está, sin embargo, autorizada la utilización de un marco ajeno a la propia placa, que podrá ir grabado en la parte inferior con publicidad, siempre y cuando su contorno no exceda de 26 mm al borde del exterior de la placa.
Asimismo, se prohíbe que en las partes anterior y posterior de los vehículos se coloquen placas complementarias no autorizadas o se fijen o pinten marcas o distintivos que por su forma, color y caracteres dificulten la legibilidad o puedan inducir a confusión con los caracteres reglamentarios de las placas de matrícula.
3.2 COLORES E INSCRIPCIONES
Las placas de matrícula de los automóviles, desde el Código de la Circulación, recogían el código provincial del domicilio del vehículo, cuatro números y una o dos letras. Este sistema que se mantuvo con la publicación el 23-12-98, del RGV en su Anexo XVIII, sufrió una importante reforma en septiembre de 2000 a través de la Orden Ministerial de 15 de septiembre de 2000 que modificaba dicho Anexo, y que vino a sustituir el antiguo sistema por una combinación de números y letras.
Como se recoge en la Exposición de Motivos de la Orden, la razón de ser del cambio de sistema basado en el código provincial, era el hecho de que estaba próximo a agotarse la numeración en las provincias de Madrid y Barcelona y ello justificaba la necesidad de elaborar un nuevo sistema de numeración.
También se ha aprovechado esta reforma para incluir en la parte izquierda de las mismas una banda azul vertical con el símbolo comunitario, y la sigla distintiva de España representada por la letra E de color blanco, aumentando así las dimensiones de la placa.
  • Con esta modificación, actualmente en las placas de matrícula de los vehículos automóviles, se inscribirán dos grupos de caracteres constituidos por un número de cuatro cifras, que irá desde el 0000 al 9999, y de tres letras, empezando por las letras BBB y terminando por las letras ZZZ, suprimiéndose las cinco vocales, y las letras Ñ, Q (por ser fácil su confusión con la letra N y el número 0, respectivamente), y las letras CH y LL por incompatibilidad con el diseño de la placa de matrícula que no admitiría la consignación de cuatro caracteres en el último grupo. Estas placas serán de color blanco retrorreflectante y los caracteres estampados en relieve de color negro mate.
  • En las placas de matrícula para remolques y semirremolques se inscribirán tres grupos de caracteres constituidos por la letra R, numeración y letras como en la placa ordinaria. Estas placas serán de color rojo y los caracteres estampados de color negro mate.
  • En las placas de los ciclomotores se inscribirán tres filas de caracteres constituidas, la primera, por la letra C, numeración y letras como en la placa ordinaria. Son de color amarillo con los caracteres estampados en color negro mate.
  • Los vehículos especiales. En las placas de matrícula se inscribirán, en la parte superior, dos grupos de caracteres constituidos por la letra E, numeración y letras como en la placa ordinaria. El fondo de estas placas será de color blanco y los caracteres estampados en relieve irán pintados en color rojo mate.



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